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FINEXIM S.A.: Fue constituida como institución financiera no bancaria por acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros del 23 de noviembre de 2009. Se le concedió una Licencia Específica mediante la Resolución No.1 de 2010.

Yo, Rubén Redondo Díaz, inscripto en el Registro General de Jurista con el número 4620, en mi condición de Secretario Letrado del Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil FINEXIM, S.A., cuestión que acredita el Acuerdo No.2 de la Escritura Pública de Constitución Social No. 479, de fecha 23 de abril de 2010.

CERTIFICO

Que a la entidad FINEXIM; S.A. se le aprobó por las autoridades pertinentes el objeto social que mas abajo se transcribe y que se encuentra protocolizado ante notario en la Escritura Pública No. 479 de fecha 23 de abril de 2010.

Artículo 2: El objeto social de FINEXIM, S.A. será:
Ofrecer financiamientos a corto, mediano y largo plazo a personas jurídicas tales como empresas estatales, sociedades mercantiles totalmente cubanas, empresas mixtas y entidades extranjeras que tengan vínculos comerciales con Cuba; así como realizar otros negocios lícitos de intermediación financiera no bancaria, lo cual estará dispuesto en la Licencia otorgada por el Ministro Presidente del Banco Central de Cuba.

Dicho objeto social se conforma por los servicios siguientes:
-Otorgar, gestionar, promover y participar en la concesión de créditos, préstamos y otras formas tradicionales de financiamiento a corto, mediano y largo plazo.
-Realizar actividades de prefinanciación y financiación de actividades productivas, del comercio exterior, proyectos y promociones inmobiliarias.
-Desarrollar y poner en práctica modalidades crediticias y de gestión de régimen específico, tales como leasing, factoring, confirming y forfaiting.
-Brindar servicios de ingeniería financiera, consultoría en temas de la actividad económica, financiera y comercial, servicios contables y estadísticos.
-Ofertar servicios financieros y de gestión, tales como cobertura de tasas de Interés y riesgo cambiario, avales, garantías y fideicomisos.

2.1 Así mismo, FINEXIM, S.A. realizará todas aquellas otras modalidades de la actividad financiera que la evolución del mercado cubano aconseje y para las que haya obtenido la correspondiente autorización del Banco Central de Cuba y la autorización del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de la República de Cuba en el caso que se requiera.

2.2. Además, podrá asociarse con entidades afines, nacionales y extranjeras de acuerdo con la legislación cubana vigente, participando como socio en otras compañías mercantiles, nombrar agentes y representantes, así como crear establecimientos permanentes y oficinas de representación en el territorio nacional y en el extranjero.