Banco Central de Cuba
2022-03-25
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Imagen relacionada con la noticia :Preguntas y respuestas sobre las nuevas normativas del Banco Central de Cuba que impactan en el trabajo en frontera

1.   ¿Cuál es el propósito del proyecto de disposición jurídica que se propone?
El objetivo es facilitar al viajero el pago de los aranceles de aduana a su regreso al país por los artículos y mercancías que importan.

2.   ¿Cuál es el límite actual para la importación y exportación de pesos cubanos?
El límite actual para la  importación y exportación de pesos cubanos es de 2 000 CUP, según lo establecido en la Resolución 276/2019 del Banco Central de Cuba.

 3.   ¿Cuál es el límite que se propone para la importación y exportación de pesos cubanos?
El límite que se propone para la  importación y exportación de pesos cubanos es de 5 000 CUP.

 4.   ¿A qué se debe el establecimiento de un límite de importación y exportación de pesos cubanos?
El límite de importación y exportación de pesos cubanos, con el objetivo de controlar las entradas y salidas de dinero en efectivo, constituye una de las medidas que los países están obligados a adoptar en la prevención y enfrentamiento al lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva.
 
5.   ¿Cuál es el límite establecido para la importación y exportación de MLC?
 La importación de moneda libremente convertible, por personas naturales en efectivo es libre.

Las personas naturales a su salida del país pueden exportar libremente hasta cinco mil dólares estadounidenses (USD 5000) o su equivalente en otras MLC. Se requiere de un permiso del Banco Central de Cuba, si la cantidad a exportar excede de esta cifra. El Banco Central tiene hasta siete días para dar respuesta a la solicitud y la persona que solicite la exportación debe demostrar la licitud de los fondos que se pretenden exportar, según lo establecido la Resolución 124/20 de la propia entidad.

Las personas naturales que a su entrada al territorio nacional porten una cantidad superior a los cinco mil dólares estadounidenses (USD 5 000) o su equivalente en otras MLC, en efectivo, deben declararlo a los funcionarios de la Aduana General de la República si luego desean exportarlo, pues de esta manera al quedar demostrada su lícita importación no requiere la autorización del BCC para exportarlo.   

 6.   ¿Si el viajero necesitara más de 5 000 pesos cubanos para el pago de aranceles en el aeropuerto, de qué otras opciones dispone?
Para el pago de aranceles en el aeropuerto, el viajero que posea tarjeta bancaria emitida por bancos cubanos puede acceder a CADECA o a los cajeros automáticos para extraer el efectivo.

 7.   ¿A partir de qué fecha serán publicadas las nuevas normas en la Gaceta Oficial?
La actualización de las normas serán publicadas a los 7 días posteriores a la comparecencia en la Mesa Redonda.

 8.   ¿Cuándo entrarán en vigor las nuevas normas?
Las nuevas normas entrarán en vigor a los 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial.

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Se han publicado 6 comentarios


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Lazaro Cortes dijo:

Perdón pero hay algo que no me queda claro en la pregunta y respuesta #6. Muchos de los Cubanos que no somos residentes permanente, necesitamos más de $5,000 pesos cubanos para pagar los aranceles de la aduana. En la Resolución 222 emitida por el BCC en septiembre del 2021, se autoriza a todas las personas naturales, incluidas las que no tienen residencia permanente en el país, a poseer cuentas bancarias denominadas en MLC con bancos Cubanos. Sin embargo, las cuentas denominadas en pesos cubanos es solo para los residentes permanente. Si hay un pasajero que no es residente permanente y se le impone aranceles por encima de los $5,000 pesos cubanos, cómo ese pasajero podrá pagar los aranceles? Tendrá que comprar una tarjeta prepagada en MLC y entonces pagar atravez de esa tarjeta? O mejor dicho, si no tenemos una cuenta bancaria con un banco cubano, tendremos que llevar MLC y canjearlos directamente con CADECA para obtener los pesos cubanos? Gracias

2022-03-29 03:42:27 / Responder

Banco Central de Cuba dijo:

Lazaro Cortes Sugerimos que se comunique con la Aduana General de República a través de sus canales oficiales de comunicación: correos: publico@agr.aduana.gob.cu; aduana@agr.aduana.gob.cu atención a la población: 7883 8282. Saludos

2022-03-29 16:36:48

Luca Mengaccian dijo:

Si un estranjeros quiere entrar con mas de 5000 USD no tiene que pedir ninguna autorizaccion verdad? Solo hay que declararlo me puede confirmar? Garcias

2022-04-09 17:46:32 / Responder

Banco Central de Cuba dijo:

Luca Mengaccian Los extranjeros que importen 5000 USD o más al país deben declaralo a los funcionarios de la Aduana General de la República. Si luego desean exportarlo, de esta manera queda demostrada su lícita importación y no requiere la autorización del BCC para ello. Saludos

2022-04-11 21:11:09

Juan Jesús dijo:

Saludos cordiales. Los médicos cubanos que salen hacia una misión en el extranjero tienen alguna limitación en la cantidad de USD en efectivo que pueden sacar del país?

2022-06-02 23:29:58 / Responder

Banco Central de Cuba dijo:

Juan Jesús Las personas naturales a su salida del país pueden exportar libremente hasta cinco mil dólares estadounidenses (USD 5000) o su equivalente en otras MLC. Se requiere de un permiso del Banco Central de Cuba, si la cantidad a exportar excede de esta cifra. El Banco Central tiene hasta siete días para dar respuesta a la solicitud y la persona que solicite la exportación debe demostrar la licitud de los fondos que se pretenden exportar, según lo establecido la Resolución 124/20 de la propia entidad.

2022-06-03 15:49:44