Banco Central de Cuba
2022-03-30
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Informamos a la población, que se extiende hasta el 28 de diciembre de 2022:
- Las cuentas en pesos convertibles de ahorro a la vista, depósitos a plazos fijos y certificados de depósitos de las personas naturales se mantendrán en esa moneda. Durante ese plazo el titular podrá decidir si convierte la cuenta a pesos cubanos u opta por el certificado de depósito en divisas, según las condiciones establecidas para este producto.
- Los colaboradores, a cuyas cuentas bancarias se les aplica la bonificación del 30% para la compra en establecimientos comerciales, podrán solicitar, desde la cuenta en pesos cubanos, convertir total o parcialmente el saldo que tenían al cierre de diciembre de 2020 en sus cuentas en pesos convertibles, a un certificado de depósitos en divisas.
- Se admitirá el apoderamiento, en los casos que el titular de la cuenta bancaria se encuentre en el exterior, para convertir el saldo total o parcial de las cuentas en pesos convertibles de ahorro a la vista, depósitos a plazos fijos y certificados de depósitos en divisas, siempre que se acredite la representación mediante Poder Notarial Especial.

Para mayor información consultar la Gaceta Oficial No. 24 Extraordinaria de 30 de marzo de 2022.

Resolución No. 74/2022.

Disponible en la sección Novedades, en la parte inferior de nuestro sitio web: http://www.bc.gob.cu

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