Miguel Herrera
2019-10-22
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Imagen relacionada con la noticia :Cuentas en USD asociadas a tarjetas magnéticas: preguntas frecuentes

22 de octubre 2019 | Autor: Yudy Castro Morales | yudy@granma.cu |

Por el interés que este tema ha suscitado en la población, Granma responde preguntas relacionadas con este proceso, con el propósito de esclarecer algunas de las dudas más frecuentes publicadas en la web y las redes sociales.

Desde este lunes, como ya se había anunciado, inició la habilitación en el país de cuentas en USD, asociadas a tarjetas magnéticas, para personas naturales.

Las sucursales bancarias, para la realización de estos trámites, han trabajado en la capacitación del personal y en la creación de condiciones organizativas, en aras de garantizar un servicio ágil y de calidad, el cual, más allá de los buenos deseos, debe materializarse con la satisfacción de los clientes.

Por el interés que este tema ha suscitado en la población, Granma responde preguntas relacionadas con este proceso, con el propósito de esclarecer algunas de las dudas más frecuentes publicadas en la web y las redes sociales.

1-¿Quiénes pueden solicitar abrir cuentas en USD y en qué Bancos?
–Las personas naturales residentes en el país pueden solicitar la apertura de cuentas en USD, asociadas a tarjetas magnéticas, en las sucursales de los Bancos Metropolitano, de Crédito y Comercio y Popular de Ahorro, el primero solo con presencia en la capital y los otros dos con una red de oficinas en todo el país.

2-¿Cuáles son los requisitos?
–Para disponer de la cuenta solo es necesario presentar el carné de identidad.

3-¿En qué tiempo se adquiere la tarjeta?
–La entrega será en un plazo de tres a siete días (en La Habana y las capitales provinciales) y hasta diez días para el resto del país.

4-¿Cómo operan estas cuentas?
–Estas cuentas en USD, asociadas al producto de tarjeta magnética, pueden ser operadas de la siguiente forma:
Individual, solo por la persona titular.
Indistinta, por más de un titular.
Solo que, en el último caso, se requiere la presencia de estos en el momento de la apertura de la cuenta y cada uno puede disponer de una tarjeta magnética, en función de la misma cuenta bancaria.

5-¿Es posible designar beneficiarios?
–Sí, tal como sucede en el momento actual.

6-¿Se requiere de un saldo mínimo para la apertura de las cuentas?
–No. Estas cuentas no requieren de saldo mínimo para su apertura y no calculan ni aplican intereses. En el momento de abrirse también se pueden definir los límites de número de operaciones y montos a operar en el día, lo cual constituye un mecanismo de seguridad para el cliente en caso de pérdida o extravío de la tarjeta, y pueden ser cambiados estos límites en cualquier momento.

7-¿Cómo pueden recibirse los fondos?
–Estas cuentas bancarias solo pueden recibir fondos a través de transferencias desde el exterior (que incluye las remesas que hoy se tramitan contra cuentas bancarias), transferencias desde otras cuentas en divisas o transferencias entre cuentas del mismo producto; así como recibir depósitos en efectivo en dólares estadounidenses, euros, libras esterlinas, dólares canadienses, francos suizos, pesos mexicanos, coronas danesas, coronas noruegas, coronas suecas y yenes japoneses.

No se admiten depósitos en pesos cubanos (CUP), ni en pesos convertibles (CUC).
Se trata de una tarjeta red referenciada en dólares, por tanto, si el cliente quiere hacer un depósito y solo tiene euros en efectivo, por ejemplo, se le aplica el cambio vigente en el día.

8-¿Qué significa transferencias entre cuentas del mismo producto?
–Se refiere a que un tarjetahabiente de estos productos podrá enviar una transferencia a una persona natural, que también tenga una tarjeta asociada a estos nuevos productos bancarios, por los canales electrónicos establecidos, por su banco emisor o presencialmente en la sucursal, donde opera.

9-En el caso de los dólares estadounidenses, ¿se aplica el gravamen del 10 %?
–En los depósitos en efectivo de dólares estadounidenses se aplica el gravamen del 10 %, como está establecido en la Resolución No. 80, del 23 de octubre de 2004.

Tengamos en cuenta que, debido al bloqueo económico, comercial y financiero del Gobierno de EE.UU. contra Cuba, nuestros flujos monetarios son muy perseguidos. Así ha sido durante todos estos años y, sobre todo, en periodos recientes con el recrudecimiento de esa arbitraria política.

No obstante, el gravamen solo se aplica a los depósitos en el efectivo. A las transferencias de dólares norteamericanos, que llegan por vía electrónica, no se les aplica el gravamen.

10-¿Podrían utilizarse las tarjetas magnéticas asociadas a cuentas en CUP y CUC para comprar en las tiendas en USD o para transferir dinero a la nueva cuenta en USD?
–No. Se debe abrir una nueva cuenta en USD, asociada a tarjeta magnética, para la compra en estas tiendas, que comercializan en USD.
Las tarjetas magnéticas de colaboradores (30 %) tampoco pueden ser utilizadas para la compra en esta nueva red de comercialización.

11-¿Es posible extraer el efectivo depositado en estas nuevas cuentas?
–Sí. Los titulares podrán extraer el efectivo de estas cuentas en cualquier momento, tanto en cuc como en la divisa que requieran. La extracción en divisas dependerá siempre de la disponibilidad de efectivo, en esa moneda, que exista en la sucursal bancaria.

12-¿Las personas naturales pueden comprar USD en los Bancos y las CADECA?
–Se mantiene la posibilidad de comprar USD en las Casas de Cambio o en los Bancos, siempre teniendo en cuenta la disponibilidad que exista en estos lugares.

13-¿Dónde podrán usarse las tarjetas?
–Las tarjetas magnéticas, que se les entreguen a los titulares, pueden utilizarse en las tiendas de los comercios seleccionados y en las empresas de Comercio Exterior para las importaciones que se soliciten.
También pueden usarse para los demás servicios disponibles por su Banco emisor en los canales de pago electrónicos, tales como pago de servicios, compra por Terminales de Puntos de Venta (TPV), en el resto de la red de tiendas comerciales o extracción de efectivo en los cajeros automáticos, entre otros.
No se restringe la posibilidad de usarla en otros servicios habilitados hoy, aunque igual rebajará el saldo de su cuenta y, por tanto, la capacidad de compra en los comercios seleccionados para operar en USD.

14-¿Cómo serán las operaciones en los comercios?
–Se establecen los pagos de forma electrónica con las tarjetas, a través de los tpv y, en una segunda etapa, se podrá utilizar también el comercio electrónico para las ventas que se realicen en usd, en aquellos establecimientos seleccionados y en las entidades de Comercio Exterior.
Se aceptan las tarjetas internacionales visa y MasterCard, además de las nacionales ais con un nuevo producto emitido por la Financiera Cimex s.a. (Fincimex), así como los nuevos productos del Sistema red.
Asimismo, todas las solicitudes de importación deben ser pagadas en las entidades del Comercio Exterior con las tarjetas, mediante los tpv, y a partir de disponer de los fondos en la cuenta, es que pueden efectuar los pagos al exterior con el instrumento de pago, que se acuerde con el suministrador.
Las devoluciones de los bienes adquiridos, que requieran el retorno del dinero, serán canalizadas solo por vías electrónicas establecidas por Fincimex, a través del tpv para garantizar que se ejecuten en tiempo real.

15-¿Las empresas de Comercio Exterior pueden abrir cuentas en USD?
–Las entidades importadoras pueden abrir cuentas en usd en el Banco Financiero Internacional S.A. (BFI), a partir de la licencia emitida por el Banco Central de Cuba. Solo se requiere la presentación adicional de los documentos legales para aquellas entidades que no son clientes del BFI.

16-¿En qué medida puede hacerse uso del comercio electrónico internacional?
–Aquellas entidades autorizadas, que realizan comercio electrónico con pasarelas de pago internacionales, podrán informar a sus proveedores de la nueva cuenta en USD y solicitar que comiencen a enviar los pagos a dicha cuenta.

Tomado de Granma

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