Banco Central de Cuba
2022-01-13
1782
Compartir:
Imagen relacionada con la noticia :Cuba y la supervisión financiera

Con la aprobación de los Decretos Leyes 172 y 173, ambos de 28 de mayo de 1997, se creó el Banco Central de Cuba y la Superintendencia dentro de su estructura. La figura del Superintendente surge como máximo fiscalizador de las operaciones y negocios de las instituciones financieras, subordinado directamente al Ministro Presidente, a quien rinde cuentas. Tiene plena autonomía respecto a cualquier dirigente de las instituciones financieras y oficinas de representación.

Las disposiciones legales tienen en cuenta, en lo que corresponde, las Recomendaciones del Comité de Basilea respecto a las normas sobre la convergencia del capital de las instituciones financieras. Hasta el año 2019 se publicaron más de 107 normas, encaminadas a fortalecer la disciplina del mercado, evitar el uso indebido de los servicios bancarios y a hacer cumplir las obligaciones de las instituciones financieras y oficinas de representación establecidas en el país.

El Superintendente regula el monto de reservas de capital en las instituciones, el coeficiente de solvencia, que en el caso de Cuba se fija en un mínimo del 15% (entendido como la relación entre el capital y los activos ponderados por riesgos de crédito, de mercado y operacional); propone y monitorea la estrategia contra el delito y la corrupción en el sistema, así como la relativa a la gestión de los riesgos inherentes a la actividad financiera (crédito, liquidez, de mercado, tasa de interés, reputacional, entre otros). Está expresamente autorizado para emitir las normas de prevención y enfrentamiento al lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva.

Inicialmente, las normas prudenciales se armonizaron con los postulados de la denominada Basilea I y se estructuró el esquema de supervisiones in situ y a distancia. A finales de 2006 se actualizó la normativa y en el año 2008 se promovió un diagnóstico encargado a un equipo de expertos participantes en la modernización evolutiva que posibilitó el cambio.

En 2017 se cerró la brecha residual en el enfoque regulatorio y de supervisión aplicable, respecto a la red internacional, considerando las particularidades, estructura y sistema económico del país. Las principales regulaciones se encaminaron a establecer:

1. La información y exposición de los estados financieros para todo el sistema, mediante un plan de cuentas mínimas uniforme.

2. La gestión y control del riesgo de liquidez con aplicación de pruebas de estrés.

3. El incremento de la Reserva Legal para contingencias.

4. Las normas para el otorgamiento, control y recuperación de los financiamientos y política de provisiones para las entidades jurídicas, personas naturales y los créditos sociales y los dirigidos a los trabajadores por cuenta propia (TCP) y personas autorizadas a ejercer otras formas de gestión no estatal .

5. El tratamiento y gestión del Riesgo Soberano.

6. La adecuación del capital (autoevaluación) en las instituciones financieras.

7. El fortalecimiento del control interno.

8. La Gestión Integral de Riesgos.

Además, se establecieron las pautas respecto a los objetivos estratégicos y las metas anuales de la Estrategia para la prevención y enfrentamiento a los hechos delictivos y manifestaciones de corrupción; indicaciones para detectar flujos financieros provenientes de entidades y organizaciones terroristas; sobre la información adicional a los reportes de operaciones sospechosas; las declaraciones públicas del GAFI, entre otras.

Las instituciones financieras elaboran sus propios acercamientos respecto a la adecuación del capital, y en un escenario más integrador se avanzó hacia la Gestión Integral de Riesgos, mediante la implementación de una normativa abarcadora y coherente con el desarrollo alcanzado en los últimos años.

Analizadas y comparadas experiencias de otros países, se diseñó en el año 2013 y se aplicó desde el 2014 un modelo de supervisión basado en riesgo, permisible dado el avance de las instituciones financieras en la recopilación de datos, posibilidades de monitoreo y la mejora en la conceptualización de gestión corporativa. Este modelo permitió progresar en los componentes y tecnologías aplicadas.

El modelo se asentó en seis pilares a saber:

I. Los principios básicos de la Supervisión Basada en Riesgos (SBR).

II. Los pasos o etapas de la SBR.

III. Las supervisiones 4 “a distancia” e “in situ” enfocadas al Riesgo Supervisor.

IV. La Matriz de Riesgo de las instituciones financieras y del sistema en la determinación del Riesgo Supervisor.

V. El informe supervisor y la calificación.

VI. Las acciones correctoras del supervisor y de las entidades financieras, según corresponda. Concebido de forma holística en su aplicación, se presenta con el propósito de alcanzar mayor efectividad del proceso en el cumplimiento de las estrategias propuestas.

En la aplicación del modelo, los supervisores y supervisados entienden lo siguiente:

1. Los factores de riesgo son inherentes al negocio bancario y financiero.

2. Para la detección temprana de problemas potenciales en las instituciones financieras, son revisados los mecanismos de medición y control de los riesgos.

3. Cuando se identifican debilidades en el proceso de gestión de riesgos, las medidas preventivas son más eficaces que las adoptadas “a posteriori”.

4. Al identificar el riesgo de estas instituciones como criterio orientador de la supervisión, se obtienen mejoras en la planificación y gestión de los recursos humanos.

5. En los casos que se requiera, es necesaria la valoración de medidas correctoras a las instituciones implicadas.

El modelo conlleva líneas de mejoramiento relativos al terrorismo y cumple estrictamente con las obligaciones emanadas de las resoluciones de la innovación, entre ellas:

Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en esta materia.

1. Extender su uso en las diversas fases de los planes y estrategias supervisoras.

2. Determinar indicadores cuantitativos de los riesgos inherentes.

3. Interrelación de la alta dirección de las instituciones financieras con el Modelo.

4. Revisar los avances en innovación financiera para incorporar al Modelo los ajustes que correspondan.

El escenario 2021-2022 apunta al análisis de la estabilidad del sistema relacionado con los principales factores de riesgos, la identificación de indicadores macroprudenciales y las señales que puedan afectar la estabilidad del sistema. De este modo, se encaminan los esfuerzos en un escenario cuya perspectiva conlleva el reclutamiento y preparación de recursos humanos altamente calificados.

Cuba es miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas desde el año 2015, organismo relacionado con el Comité de Basilea del Banco Internacional de Pagos, encargado de velar por el cumplimento de los estándares relacionados con las buenas prácticas bancarias.

Compartir:

Haga un comentario