Acontecer bancario 3 min lectura Por Redacción Banco Central de Cuba Fuente: Banco Central de Cuba

Banco Central de Cuba con nueva norma jurídica que agiliza constitución de empresas privadas

El Banco Central de Cuba informa a todos los actores económicos no estatales sobre la puesta en vigor de la Resolución 98/2026

Banco Central de Cuba con nueva norma jurídica que agiliza constitución de empresas privadas

El Banco Central de Cuba informa a todos los actores económicos no estatales y al personal del sistema bancario sobre la puesta en vigor de la Resolución 98/2026, disposición normativa que establece un nuevo procedimiento para las aportaciones dinerarias en la constitución de micro, pequeñas, medianas empresas (MiPymes), empresas privadas con más de cien trabajadores y cooperativas no agropecuarias (CNA).

La nueva norma jurídica aparece publicada en el número 71 de la Gaceta Oficial de la República, emisión Ordinaria, de fecha 2 de septiembre del 2026, y surte efecto a los 7 días posteriores a su publicación.

Con la entrada en vigor de esta disposición, queda derogada en su totalidad la Resolución 89 del 7 de agosto de 2024, tal como se establece en la Disposición Final Primera de la nueva norma. La Resolución 98/2026 introduce importantes mejoras que simplifican y agilizan el proceso de constitución de estos actores económicos.

La principal innovación de la nueva norma jurídica radica en que los aspirantes a socios fundadores de formas económicas privadas, presentan el trámite desde la plataforma habilitada a tales efectos, eliminando la necesidad de acudir presencialmente a las sucursales bancarias para iniciar el proceso Esta modernización responde al contexto de transformación digital que impulsa el sistema bancario cubano.

Una vez recibida la solicitud a través de la plataforma, los bancos correspondientes realizan de oficio la apertura de la cuenta en la que los socios depositan sus aportes al capital social. Esta automatización del proceso reduce significativamente los tiempos de espera y la carga administrativa para los emprendedores.

A partir de la puesta en vigor de la nueva resolución, además de la cuenta corriente, las MiPymes, empresas privadas y CNA podrán operar: Cuenta de gastos, depósitos a plazo fijo (devenga intereses), cuenta de ingresos, y cuenta asociada a tarjeta magnética, que se añade como novedad respecto a la normativa anterior.

La certificación de depósito del capital social se emite según el formato establecido en el anexo de la Resolución, y la misma debe presentarse ante notario público para los trámites de constitución. Una vez constituida la entidad e inscrita en el Registro Mercantil, se solicita la apertura de la cuenta corriente y se transfieren los fondos, procediendo al cierre de la cuenta de depósito a la vista.

Esta actualización normativa se enmarca en el proceso de transformación y modernización del sistema bancario y financiero cubano, que busca facilitar la creación y el funcionamiento de los actores económicos no estatales, promoviendo la bancarización y su integración en la economía formal.

La Resolución 98/2026 del Banco Central de Cuba, que entrará en vigor a los siete días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, está disponible en el sitio web de esta publicación en la dirección electrónica: https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2026-o71.pdf

 

 

 

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